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Prohibido votar

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Visto. Eso es valentía y lo demás… Después de pensártelo mucho has decidido que de mayor quieres ser…  ¡¡¡Presidente del Gobierno!!!. Y lo primero que te has propuesto es hacer muchos amigos en Facebook para asegurarte sus votos.

Hecho. Has conseguido hacerte muy popular.  Pero  revisando a tus “amigos” te has dado cuenta de que, en su mayoría, como lugar de residencia han indicado: chirona, prisión, cárcel, trullo…

Duda legalmente razonable. ¿Los presos pueden votar? ¿Les dejarán salir ese día para acudir a los colegios electorales?

En España, todas las personas mayores de edad tienen derecho a votar. Incluso aquellas que no saben leer ni escribir. ¿Tienes DNI? ¿Estás inscrito en el Censo Electoral Vigente? Pues ve eligiendo la papeleta que meterás en la urna.

Alto ahí. Como siempre, la excepción confirma  la regla, ¿no? Pues vamos a ello. Existen tres casos en los que las personas no pueden votar, pero tiene que estar puesto, muy clarito, en una Sentencia.

Y los nominados son…

  1. Los que se encuentran internados en un hospital psiquiátrico, mientras estén allí dentro.
  2. Los declarados incapaces, siempre que se les prive de este derecho en la sentencia.
  3. Las personas condenadas a la privación del voto durante el cumplimiento del tiempo de la condena.

Así que, aunque estén presos, esperemos que se hayan empapado de  todos los programas electorales y hayan puesto esos decisivos debates en pantallas gigantes de las prisiones, porque si en su condena no pone que se les ha privado de su derecho al sufragio, SÍ PUEDEN VOTAR.

Seguro que te estás imaginando una fila de tipos grandes, calvos, vestidos de naranja, con esposas y cadenas que les unen a todos por pies y manos, con la cabeza agachada, esperando a que les llegue el turno para depositar su sobre en la urna. ¡¡¡Serás peliculero!!! Nada más lejos de la realidad. Los presos, como todos los que están fuera de sus casas, pueden votar ¡¡POR CORREO!!.

Para que todos los que quieran puedan hacerlo, en los centros penitenciarios se exponen las normas que regulan el voto por correo y se organizan sesiones informativas para explicarles el procedimiento y aclararles las dudas que puedan tener.

Luego, el director de la cárcel llama a los señores de Correos y se ponen de acuerdo para que un día concreto, dentro del plazo que toque, envíen a un trabajador. Pero sólo de visita, ¿eh?, como en el Monopoly.

Este señor les lleva los impresos que son necesarios para apuntarse en la lista de las personas que quieren votar por correo, y es el encargado de comprobar, con el DNI o con el Documento de Identidad Interior de la prisión, si tiene foto, que son quienes dicen ser.

Cuánta faena tiene este hombre, podrás pensar. Pues todavía no ha acabado. Luego, tiene que volver, otra vez de visita (y tres veces sin tirar) para entregar a cada uno de los reclusos, los sobres y papeletas de todos los partidos políticos.

Ahora le toca trabajar un poquito al preso votante. Tiene que elegir una papeleta y meterla dentro de un sobre. Y éste, dentro de otro, que irá dirigido a la mesa electoral que le corresponda. Y ya que está,  el trabajador de correos se llevará los sobres y los entregará directamente a las correspondientes mesas electorales el día de la votación.  Y listo.

Aunque, pensándolo bien, con la de famosos y políticos que están entrando últimamente en prisión, si el señor de correos acredita que es seguidor de Sálvame, podrá saltarse el paso de comprobar los carnets ¿no?

Si tienes más cuestiones sobre éste tema o cualquier otro, NO DUDES EN PONERTE EN CONTACTO CONMIGO.


Laura Panach. Abogada en Valencia.