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Yo soy tu padre

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Visto. Este verano has triunfado. Te has ido a Lisboa y lo has dado todo. Nunca se te olvidará aquél chico que te robó el corazón y del que te despediste subiendo una foto a Instagram de un atardecer, fundidos en un abrazo y con un comentario: “Si el destino así lo quiere, nos volveremos a ver”, que de algún fado habrá salido, digo yo.

Hecho. El caso es que ahora has empezado a tener náuseas, estás muy cansada y te molestan todos los olores. ¡¡Tachán!! Enhorabuena, vas a tener un mini-medio-portugués. Qué travieso el destino, ¿no?

Duda legalmente razonable. ¿Y si ahora el papá no quiere saber nada de él? ¿Estoy obligada a contarle que va a ser papá? ¿Puedo obligarle a someterse a una prueba de paternidad?

Existen varios caminos para reclamar la filiación de una persona. Y digo filiación, aunque sea una palabreja de las que trato de evitar, porque este no es un procedimiento al que deban acudir únicamente los hijos o las madres para que se declare que Pepito es hijo de Pepón. También son los padres los que pueden defender su derecho a ser llamados papichulos. Faltaría más, pobre Pepón. Así que aunque no le digas nada al papá, en algún momento puede enterarse y reclamar sus derechos.

Aun así, yo voy a hablaros de la reclamación de paternidad solicitada por la madre (o el hijo/a si es mayor de edad) por ser el procedimiento más habitual, o el que más sale en la tele, por lo menos.

Al lío. Lo primero y principal es que se intente hacer de un modo dialogado, civilizado, esto es: coger al supuesto papá con cariño, sentarlo en una silla, poner un vaso de agua lo suficientemente cerca de él para que pueda cogerlo sin esfuerzo, pero lo bastante lejos para que no lo tire cuando se lleve las manos a la cabeza (el agua se puede sustituir por cualquier otra bebida), hablar despacio, vocalizando e ir directa al grano: “Saluda a papá, cariño”. Y, por último, después de los abrazos y llantos, solicitar de mutuo acuerdo que se inscriba en el Registro correspondiente.

Pero si el padre ha salido corriendo cual Forrest Gump, lo único que queda es presentar una demanda en el juzgado. ¿Y qué se necesita para esto? Pues todo el arsenal que poseas de fotos, e-mails, What’s Apps, regalos personalizados, cualquier documento que pruebe que vivisteis juntos, si lo hicisteis, amigos que juren o prometan que sí estuvisteis liados… Vamos, todo lo que se os ocurra para que al juez no le quede ninguna duda de que mantuvisteis una relación en toda regla y con derecho a roce, o que, por lo menos, unos nueve meses antes de que naciese el retoño, mantuvisteis un tórrido affaire.

Y, como prueba estrella, puede solicitarse la prueba biológica (prueba de paternidad) que, además, tiene un añadido extra: en caso de que el padre se niegue a hacérsela porque no le apetece, el juez, declarará la paternidad sin pestañear. Pero, ojo, sólo en el caso de que no haya justificación para su negativa.

Si existiera alguna causa muuuuuy importante que quedase totalmente demostrada, el padre se podría negar a pasar por este procedimiento sin necesidad de que le den el carnet de papá. Por ejemplo, que la madre no haya podido presentar ningún indicio de la existencia de una relación amorosa entre ellos (no tenía fotos, nadie les vio juntos, en esas fechas él vivía en Bali…, que exista riesgo grave para la salud del padre, etc.


Laura Panach. Abogada en Valencia.