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Alto, no pasar

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Visto. En plena noche te despertó una pareja que estaba chillando en mitad de la calle, y lo que empezó siendo una discusión, acabó en gritos, insultos e incluso golpes del hombre hacia la mujer, por lo que no dudaste en llamar a la policía.

Hecho. Al vivir en un pueblo, te enteraste de que al hombre le habían puesto una orden de alejamiento, pero tú les has visto esta misma mañana en el bar de la esquina almorzando juntos.

Duda legalmente razonable. ¿Si había una orden de alejamiento, cómo podían estar juntos? ¿Se puede poner y quitar una orden de alejamiento si están los dos de acuerdo?

  En la mayoría de los casos, cuando hay una denuncia de una mujer víctima de violencia de género, el juez impone al maltratador una orden de alejamiento para protegerla de su agresor ante la posibilidad de un nuevo ataque. Y lo que conlleva esta medida es que el agresor no puede acercarse al lugar donde vive la víctima, a su lugar de trabajo y a los lugares que suele frecuentar (club deportivo, colegios…)

Además, se le prohíbe la comunicación con ella, no puede hablar cara a cara con la víctima, ni mandarle mensajes por medio de terceras personas, ni por teléfono, WhatsApp, ni en las redes sociales, por el tiempo que fije el Juez. Y si al agresor se le ocurre incumplir la orden se le vuelve a detener por un delito de quebrantamiento de condena que lleva aparejada una pena de cárcel de hasta 1 año.

¿Pero qué pasa cuando es la víctima la que decide saltarse la orden de alejamiento?¿Es posible que una orden de protección quede sin efecto cuando la mujer lo decida? La respuesta es NO. Siempre, y en todo caso, deberá acudir al Juez que la impuso para que la quite.

Y, cuidado, de no acudir al Juez, la víctima también podría ser acusada como coautora o cooperadora necesaria del delito de quebrantamiento de condena, imponiéndosele también a ella una pena de cárcel de hasta 1 año.

Aclarado este asunto, ahora entramos en el debate:¿El Juez debe atender la petición de la mujer maltratada siempre o puede negarse a quitar la orden de alejamiento?

Por un lado están los que defiende que el Juez debe proteger la seguridad de la mujer por encima de todo. Por eso, aunque haya consentimiento de la víctima, debe asegurarse de que eliminar la orden de alejamiento no va a suponer un riesgo para ella, pudiendo valerse de un informe psicológico de ambos, una valoración del riesgo… Es decir, hay que examinar caso por caso, con sus características y circunstancias propias, analizando con lupa ese consentimiento de la víctima, porque en ocasiones resulta que no es tan libre y voluntario como lo quieren hacer ver. Pueden darse casos en los que la mujer acepte volver a convivir con su agresor porque le tiene un miedo irrefrenable, o porque está recibiendo presiones de la familia, o simplemente por falta de medios económicos. Incluso hay casos en los que la víctima siente vergüenza de que en su barrio se enteren de que es una mujer maltratada.

Frente a esta posición, hay quienes dicen que a la víctima no se le puede negar su derecho a decidir, que si la pareja ha decidido perdonarse, nadie es quién para impedir que reanuden su relación. Defienden esta postura los que señalan que si ambos son mayores de edad, y están en plenas facultades mentales, pueden consentir libremente y debe prevalecer el interés familiar o el deseo personal de reanudar la convivencia.

Está claro que habrá casos y casos, y no me gustaría estar a mí en la posición del Juez que debe decidir sobre el mantenimiento o supresión de la orden de alejamiento, pero creo que toda protección que se dé a la mujer maltratada es poca, que nunca va a ser una decisión desmesurada y que ante la más mínima duda, utilizaría todos los medios que tuviera a mi alcance para conseguir que el nombre de esta mujer no se sumara a la lista de mujeres asesinadas por violencia de género.

 Y tú, ¿qué opinas?

SI ERES VÍCTIMA DE MALTRATO O CREES QUE ALGUIEN LO ES LLAMA AL 016


Laura Panach. Abogada en Valencia.